LA MEDIACIÓN
Uno de los procedimientos de solución de
controversias es la denominada “Mediación”.
La mediación (también conocida como
conciliación) es un procedimiento en el que: un intermediario neutral, el mediador, a petición de las partes en una
controversia, procura prestarles asistencia para llegar a
una solución mutuamente satisfactoria. El mediador no tiene autoridad para imponer
una solución a las partes.
La mediación es también voluntaria en el
sentido de que cualquiera de las partes, si así lo decide, podrá abandonar la
mediación en cualquier etapa anterior a la firma de una solución concertada.
En ausencia de una solución de la
controversia en la mediación, puede seguir el arbitraje. Cuando las partes acuerdan someterse a este
procedimiento, deben tratar de resolver primero la controversia a través de la mediación. Si no se
llega a una solución a través de la mediación dentro de un plazo designado por
las partes (se recomiendan 60 ó 90 días), cualquiera de las partes podrá
someter la controversia a arbitraje a fin de que se dicte una decisión
obligatoria